jueves, 12 de julio de 2012

LA MARINA DE GUERRA FIRMA ACUERDO CON EL MISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

 Por: Básima Informativo


La Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales firmaron hoy un acuerdo de cooperación interinstitucional mediante el cual ambas instituciones se comprometen a coordinar acciones para el manejo y gestión de los bienes de dominio público marítimos terrestres o costas de la República Dominicana, a fin de fortalecer los controles y evitar afectaciones a los recursos acuáticos, geológicos y biológicos, así como la flora y la fauna contenidos en estos ecosistemas, bajo la estricta observancia de los compromisos internaciones y la legislación ambiental vigente en el país.

Asimismo en el convenio firmado entre el vicealmirante Nicolás Cabrera Arias, por la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra y por el ingeniero Ernesto Reyna Alcántara, por el Ministerio de Medio Ambiente, las partes acuerdan crear un procedimiento para el manejo de embarcaciones encalladas, hundidas o abandonadas en los bienes de dominio público marítimo de la República Dominicana, que pudiesen representar daños al ambiente y los recursos naturales, para proceder al retiro definitivo de las mismas.

Para asegurar el cumplimiento de los objetivos del presente convenio, tanto la Jefatura de la Marina de Guerra, como el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, acuerdan crear una Comisión Coordinadora y de Seguimiento.

Esta comisión, según las partes firmantes del convenio estará integrada por la viceministro de Recursos Costeros y Marinos del Ministerio de Medio Ambiente, el director de Capitanía de Puertos de la Marina de Guerra, los consultores Jurídicos de la Marina de Guerra y de Medio Ambiente, y el director del Servicio Nacional de Protección Ambiental del país.

Igualmente en el acuerdo firmado entre la Marina de Guerra y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ambas instituciones se comprometen a elaborar un plan de acción para la eficaz implementación del presente convenio, en el cual entre otras objetivos preveé definir un cronograma por áreas.

 Así como realizar un inventario de las unidades que se encuentran en malas condiciones en las costas del país. También elaborar un presupuesto para el retiro de las embarcaciones a través de la Comisión Coordinadora y de Seguimiento.

También el retiro definitivo de las embarcaciones chatarras varadas en las costas del país.

Otros de los puntos contenidos en el Plan de Acción consisten en definir el Programa de Reforestación Costera que ambas partes desarrollarán en conjunto.

Y elaborar un instructivo sobre las atribuciones de cada una de las partes, en el marco del presente acuerdo, a partir de las competencias establecidas a cargo de ellas de manera individual y de acuerdo a las diferentes legislaciones y normativas vigentes.

OTROS OBJETIVOS DEL ACUERDO.

Como parte del acuerdo firmado entre ambas partes, la Jefatura de la Marina de Guerra se propone instalar dotaciones y destinará una embarcación para actividades de protección en las áreas costeras críticas y donde la vigilancia actual se considere precaria.

OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
En este sentido, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales se compromete a presidir la Comisión Coordinadora y de Seguimiento creada en virtud del presente convenio.

  También a coordinar las actividades de seguimiento que serán ejecutadas por los enlaces institucionales que al efecto se nombren. Y a aprobar la construcción de un atracadero en la isla Saona, siempre que se cumpla a cabalidad con lo dispuesto en la normativa ambiental vigente en el país.   

Finalmente y de acuerdo con el convenio suscrito entre la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cualquiera de las partes podrá poner fin a su contribución en virtud del presente convenio, avisándolo a la otra parte con por lo menos treinta (30) días de anticipación, mediante una comunicación en la cual se explica los motivos de dicha renuncia y sin que dicha anulación altere el desarrollo de las acciones previamente acordadas, las cuales continuarán hasta su total conclusión






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